30 de octubre de 2013

Cómo te afectara la promulgación del Seguro de Desempleo.

Con las propuestas de reformas hacendarias llevándose todos los reflectores de espacios noticiosos y de debate político, la propuesta de Ley del Seguro de Desempleo a pasado por la indiferencia de la mayoría de la población y no se han dimensionado los alcances de esta ley. Aquí quiero hacer énfasis en varios aspectos que afectaran directamente a los bolsillos de los trabajadores y de aquellos que, desafortunadamente, han perdido su empleo.

¿Cómo me afectara la ley del Seguro de Desempleo?

En primer lugar disminuirá la aportación patronal a tu subcuenta de vivienda, pues el 20% de la aportación patronal se perderá en un fondo solidario que se constituirá para fondear los seguros de aquellos trabajadores que no tengan dinero en su cuenta para recibir la ayuda. Además, otro 40% de la actual aportación patronal se irá a una subcuenta mixta para de ahí tomar recursos para, en un momento dado, otorgarte el seguro por desempleo. Esto se traduce en menos dinero para comprar tu casa o para terminar de pagar más rápido tu crédito Infonavit.

En segundo lugar, si eres trabajador con contrato indefinido debes tener al menos 24 meses de cotización en un periodo de 36, contando a partir del 1 de enero de 2013. Así que si perdiste tu trabajo este año o parte del próximo no tendrás derecho a solicitar la ayuda. ¿Y si era eventual, de capacitación, inicial, etc.? Ah, pues solamente podrás acceder a los recursos de tu cuenta mixta y con un tope de 2 veces el salario promedio de los últimos seis meses. Así que, si te quedas desempleado en 2014, 2015 y 2016 no tendrás muchos recursos para solicitar la ayuda.

OJO: Si eres empleado con contrato indefinido y pierdes el trabajo desde 2013 o 2014 no tendrás derecho a solicitar el seguro de desempleo. CERO pesos, NADA.

Entonces, ¿A quién le conviene la entrada en vigor de esta ley del Seguro por Desempleo?

A los trabajadores con contrato indefinido que coticen desde el 1 de enero de 2013, que pierdan el trabajo a partir del 1 de enero de 2015, que tengan en su cuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez un monto menor a 101,363.50 y que ganen hasta un salario mínimo.

Si estas en esta situación, apoya la propuesta de ley. Si no estás en esta situación, manifiéstate en contra.

 

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